Bautismo de Deseo: negado por Sedevacantistas rigoristas

He recibido este texto muy interesante de Antonio, no coloco el apellido porque no le pedí autorización para ello. Es un texto muy interesante y se trata de la primera parte. Desde ya que esperamos las demás Antonio y Gracias por colaborar con Sursum Corda!.

De todas formas estoy convencido que esto dará lugar a un importante intercambio… Quien sabe que tan rigoristas podemos ser por aquí….

(Importante, no se han corregido las abreviaturas)

Creo que la cuestión puede ser actual, sobretodo después de haber oído hablar en los medios sobre la existencia de dos alianzas. Una sería la de Moisés ( a la que se entra por la circuncisión) que es perpetua y no ha sido invalidada y otra la de Xto (cuya puerta de entrada es el bautismo) y que al parecer al no haber sido Xto suficientemente profetizado en el A.T, no obligaría a los judíos. Esta sería únicamente para los cristianos. Y no del todo ..porque según el parecer de muchos rabinos y quizás tb de ¡teólogos católicos¡… para los goim sólo sería eficaz la alianza Noáquida en orden a su salvación. Parece que este es el pensamiento oficial del Vaticano-respecto de la doble alianza y de lo innecesario que es Xto para los judíos- expresado muchas veces por sus supremas autoridades en los últimos veinte años y en particular en sus visitas últimas a la Sinagoga de Jerusalén.

Pero por lo menos, hasta ahora se exigía el bautismo (aunque fuera el de deseo implícito) para entrar en la Iglesia. Este era la puerta por donde ingresábamos en el Cuerpo Místico de Xto (Pío XII). Y hay abundantísimo Magisterio con solemnes declaraciones ex-cátedra sobre la necesidad del bautismo.
Pero la necesidad absoluta y para todos del bautismo (del único bautismo: Un Señor, una Fe un sólo Bautismo Efe.4,5) no se había puesto en cuestión. Está en la profesión de Fe Tridentina. Y en la Profesión de Fe del Concilio Vaticano I en el que se apostilla junto a lo que se dice de los sacramentos,la frase quizás restrictiva “verdadera y adecuadamente conocidos”. Para entonces ya se había profundizado en esta cuestión que al principio de la Iglesia se tenía como verdad absoluta y sin interpretaciones. Y esto tanto en el dogma “Extra Ecclesia nulla salus” como en la Teología del Bautismo. En el Siglo IV San Agustín al refexionar sobre los catecúmenos muertos sin el bautismo ( a veces dando su vida y sangre por Xto en medio de una terrible persecución), llegó a admitir el bautismo de deseo. Tb San Ambrosio se expresó en este sentido en su elogio al Emperador Valentiniano, que siendo cristiano de corazón no llegó a procurarse el bautismo en su última enfermedad. Santo Tomás y los tomistas tb reflexionaron sobre ello.Pero quien introdujo este tema en la literatura teológica fue Pedro Lombardo, y lo incorporó al formular una serie de preguntas sobre cuándo se reciben conjuntamente el sacramento y el efecto del sacramento (sacramentum et res sacramenti), cuándo se recibe solamente el signo sacramental, pero sin el efecto (sacramentum et non res sacramenti), y, por último, cuándo se recibe el efecto del sacramento sin que se haya recibido el signo sacramental (res et non sacramenti). En las respuestas admite la posibilidad de recibir el efecto sin la recepción previa del signo, lo cual equivale a recibir el sacramento en voto. Y lo aplica a dos circunstancias. La primera es la de quien confiesa la fe derramando la sangre en el martirio, confesión que se le computa como un acto de justificación plena de todos sus pecados. La segunda es la de quien confiesa su fe sin el martirio porque no lo ha podido recibir.

Dando un paso adelante, Santo Tomás desarrolla la cuestión diciendo que hay tres tipos de Bautismo: de agua, de sangre y de penitencia. Al argumentar sobre el Bautismo de sangre, recuerda que el Bautismo recibe su eficacia de la Pasión de Cristo, con la que se configura quien recibe el efecto del sacramento; y como quien sufre el martirio queda también configurado con dicha Pasión, ha recibido el mismo efecto como si se hubiera bautizado. Otro caso similar es el efecto otorgado por el acto de penitencia y de amor a Dios hecho bajo la moción del Espíritu Santo por quien no puede recibir de hecho el Bautismo. A esto le llama Santo Tomás Bautismo de penitencia, y le reconoce el mismo efecto santificante que el Bautismo sacramental. Y el Santo vuelve sobre el tema cuando se pregunta directamente si alguien puede salvarse sin recibir el Bautismo, por haberle sorprendido la muerte inopinadamente. Y contesta: “Este puede conseguir la salvación sin el Bautismo de hecho, por el deseo del Bautismo, un deseo que procede de la fe que actúa por la caridad, por la que el hombre es santificado interiormente por Dios, cuyo poder no está limitado a los sacramentos”.

Por todo lo cual hay que decir que desde entonces se admitió el bautismo de deseo como el de Sangre (que no son propiamente bautismos pues no confieren la gracia sacramental ni perdonan absolutamente todos los pecados por lo menos en cuanto a la pena ni hacen al que participa de ellos miembro del Cuerpo Místico de Xto). Pero sí procuran la salvación puesto que tanto el que desea el bautismo o es martirizado por Xto, si al mismo tiempo se ejercita en la caridad perfecta, adquiere la gracia santificante (que es la que anima el Cuerpo Místico de Xto insuflada por el Espíritu Santo, que es el alma de la Iglesia).Es incorrecto decir pues que por el bautismo de deseo entra uno en al alma de la Iglesia, aunque no en su Cuerpo. Sino que se adquiere la Gracia Santificante que proviene del alma de la Iglesia, o sea el Espíritu Santo, necesaria para la salvación de todos. Esta es la doctrina de la Iglesia sobre el bautismo y su necesidad para entrar en la Iglesia, desde sus primeros inicios. (Recuérdese el episodio del eunuco ministro de la Reina Candaces y Felipe en los Hechos. Un ángel del señor impulsó a Felipe a ir al camino de Gaza donde entabló con el eunuco un hermoso diálogo que acabó en su bautismo, Act. 8.26 ss).
Sirva esto como preámbulo muy resumido al problema que se presenta entre algunos Sedevacantistas que llegan guiados solamente por su juicio propio a abrazar la posición del jesuita Feeney. Desde entonces (en los años treinta del siglo XX) existen en EE.UU los llamados Feeneysistas. Son notables por su postura rigorista (que tanto recuerda a la de los jansenistas del Siglo XVII y siguientes, y tb a la de los Reformadores). La salvación sólo sería patrimonio de los católicos bautizados muertos después de haberse beneficiado de la confesión sacramental si fueran reos de un pecado mortal. LLegan a declarar herejes , no sólo a los católicos que admiten la existencia de papas legítimos en la actualidad posconciliar, sino tb a la FSSPX y a casi todos los Sedevacantistas por el hecho de admitir el bautismo de deseo. Aducen la inexistencia de infalibilidad en los Padres y doctores de la Iglesia (en lo cual aciertan), por lo que no consideran las tomas de posición de San Agustín, San Ambrosio, Santo Tomás y San Alfonso. Creen ver en el Magisterio ex-cátedra el aval a su postura. Aunque para ello fuercen la interpretación del canon del Concilio de Trento que declaró expresamente, contra los reformadores, que supliría … el deseo de recibirlo” (“sine lavacro regenerationis aut eius voto”). Dz 796

La necesidad del bautismo no significa una limitación de la universal voluntad salvífica de Dios, que a todos quiere salvar (1 Tim 2, 16) y, por los méritos de Cristo, a todos concede la gracia suficiente para su justificación (Denz.Sch. 1536, 1567). La necesidad del B. para la salvación no debe entenderse en el sentido de que exclusivamente se salvan los que han recibido el B. de agua, como han sostenido L. Feeney; Como se dice ne la carta al arzobispo de Boston de 1949, Pío XII recordaba: «los efectos de aquellos auxilios de salvación que se ordenan al último fin solamente por institución divina, y no por una intrínseca necesidad, ha querido Dios que en ciertas circunstancias se obtengan con el solo deseo o voto de recibirlos, y así lo vemos enunciado con palabras claras por el concilio Tridentino a propósito del sacramento de la regeneración y de la penitencia» (Carta del Santo Oficio al arzobispo de Boston, 8 ag. 1949: Denz. Sch. 3869).

el eunuco: yo creo que Jesucristo es el Hijo de Dios» (Act 8, 3637). Se requiere, al menos, la fe explícita en la existencia de un solo Dios, en su justicia remunerativa y vindicativa, y, de algún modo, en los misterios de la Santísima Trinidad y de la Encarnación. Creer estas verdades es necesario para la salvación (v. FE IV); por eso, incluso en peligro de muerte, no debe omitirse nunca el interrogar a los adultos sobre ellas, y explicárselas brevemente si es necesario, antes de administrarles el B.

La segunda condición para que un adulto reciba con fruto este sacramento es que su voluntad rechace expresamente toda afección al pecado, con propósito de no volverlo a cometer

Por eso, resumiendo, se considera que el B. de agua puede ser suplido por el martirio (B. de sangre), cuando una persona sufre la muerte por Cristo, antes de haber recibido el sacramento; o por el deseo al menos implícito de recibirlo (B. de deseo), unido a un acto de perfecta contrición, como ocurre en el caso de un catecúmeno que muere antes de haber sido bautizado. En el caso de las personas muertas sin recibir el B. y sin conocer la doctrina de Cristo, la cuestión es diversa según se trate de adultos o de niños. En el caso de los adultos, se supone que pueden salvarse si tenían el deseo, al menos implícito, de recibir el sacramento, con un acto de perfecta contrición; por deseo implícito entienden la generalidad de los teólogos el que se despertaría en esa persona si oyera hablar de la revelación de Cristo y de la necesidad del B. para la salvación, lo cual supone en concreto tener voluntad de orientar la vida según la voluntad de Dios. Algunos piensan que Dios concedería a esos paganos, que no han oído nunca hablar de Jesucristo, la posibilidad de conocer por medios extraordinarios la existencia de la Iglesia; pero no parece necesaria esta intervención extraordinaria de Dios, ya que S. Pablo afirma que esas personas serán juzgadas de acuerdo con los preceptos de la ley natural, impresos en el corazón de todos los hombres

Pero quien introdujo este tema en la literatura teológica fue Pedro Lombardo, y lo incorporó al formular una serie de preguntas sobre cuándo se reciben conjuntamente el sacramento y el efecto del sacramento (sacramentum et res sacramenti), cuándo se recibe solamente el signo sacramental, pero sin el efecto (sacramentum et non res sacramenti), y, por último, cuándo se recibe el efecto del sacramento sin que se haya recibido el signo sacramental (res et non sacramenti). En las respuestas admite la posibilidad de recibir el efecto sin la recepción previa del signo, lo cual equivale a recibir el sacramento en voto. Y lo aplica a dos circunstancias. La primera es la de quien confiesa la fe derramando la sangre en el martirio, confesión que se le computa como un acto de justificación plena de todos sus pecados. La segunda es la de quien confiesa su fe sin el martirio porque no lo ha podido recibir.

Dando un paso adelante, Santo Tomás desarrolla la cuestión diciendo que hay tres tipos de Bautismo: de agua, de sangre y de penitencia. Al argumentar sobre el Bautismo de sangre, recuerda que el Bautismo recibe su eficacia de la Pasión de Cristo, con la que se configura quien recibe el efecto del sacramento; y como quien sufre el martirio queda también configurado con dicha Pasión, ha recibido el mismo efecto como si se hubiera bautizado. Otro caso similar es el efecto otorgado por el acto de penitencia y de amor a Dios hecho bajo la moción del Espíritu Santo por quien no puede recibir de hecho el Bautismo. A esto le llama Santo Tomás Bautismo de penitencia, y le reconoce el mismo efecto santificante que el Bautismo sacramental. Y el Santo vuelve sobre el tema cuando se pregunta directamente si alguien puede salvarse sin recibir el Bautismo, por haberle sorprendido la muerte inopinadamente. Y contesta: “Este puede conseguir la salvación sin el Bautismo de hecho, por el deseo del Bautismo, un deseo que procede de la fe que actúa por la caridad, por la que el hombre es santificado interiormente por Dios, cuyo poder no está limitado a los sacramentos”.

Inocencio III, apelando a la autoridad de San Agustín, que en La Ciudad de Dios habla del Bautismo invisible, admitió como posibilidad que se reciba el efecto del Bautismo sin que haya precedido la administración del sacramento. Y propuso como norma canónica, y por lo tanto como práctica para la Iglesia, el principio establecido por San Agustín: “Dios computa por hecho aquello que queriendo hacerlo no ha sido posible hacerlo”. Con esta determinación quedó establecido a nivel teórico el principio para que llegara a ser doctrina común en la Iglesia la posibilidad del sacramento in voto.

1 comentario en “Bautismo de Deseo: negado por Sedevacantistas rigoristas”

  1. El bautismo de deseo contradice las enseñanzas dogmáticas del magisterio de la Iglesia. Hasta tú mismo te contradices. P. ej:En el blog “Bautismo de Deseo: negado por Sedevacantistas rigoristas” tu dijiste: «La necesidad del B. para la salvación no debe entenderse en el sentido de que exclusivamente se salvan los que han recibido el B. de agua…»Pero unos meses después sacas el blog “El limbo: un lugar inexistente” y te contradices: «El magisterio es claro: nadie, absolutamente nadie que no fuera bautizado (hombre o mujer, adulto o niño) puede ser merecedor de la Gracia y de la Vida Eterna, sino que por el contrario es arrojado al infierno.»Raúl, ¿crees en el dogma que el bautismo de agua es absolutamente necesario y que «NADIE que no fuera bautizado… es arrojado al infierno» o crees que «no debe entenderse en el sentido de que exclusivamente se salvan los que han recibido el B. de agua»? Solo hay una forma de creer en el dogma: como una vez declaró la santa madre Iglesia.El Papa Pío IX, Primer Concilio Vaticano, ses 3, cap 2 sobre la revelación, 1870, ex cátedra: “De ahí que también hay que mantener siempre el sentido de los dogmas sagrados que una vez declaró la Santa Madre Iglesia, y no se debe nunca abandonar bajo so pretexto o en nombre de un entendimiento más profundo.”Entonces, en esta definición del Papa Pío IX, dice que NO SE DEBE NUNCA ABANDONAR LOS DOGMAS SAGRADOS QUE UNA VEZ DECLARÓ LA SANTA MADRE IGLESIA BAJO SO PRETEXTO O EN NOMBRE DE UN ENTENDIMIENTO MÁS PROFUNDO. Qué curioso que usaste la misma palabra que el Papa Pío IX EXCLUSIVAMENTE uso para condenar a esos herejes que dicen: «no debe ENTENDERSE en el sentido de que exclusivamente…»Además, Santo Tomas de Aquino admitió que el BDD/BDS no son sacramentos.Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, C. 66, A. 11, Respuesta 2: “Como ya se dijo más arriba, el sacramento pertenece a la categoría de los signos. Pero los otros dos [el bautismo de deseo y de sangre] convienen con el bautismo de agua no porque sean signos, sino en el efecto del bautismo. Y POR ESO NO SON SACRAMENTOS.”Entonces, ¿a quién le seguimos, al Sto. Tomás o al infalible Concilio de Trento? Comparen los dos:Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, C. 68, Art. 2: “…parece que SIN EL SACRAMENTO DEL BAUTISMO es posible conseguir la salvación por la santificación invisible…”El Papa Pablo III, Concilio de Trento, Can. 5 sobre el Sacramento del Bautismo, ex cátedra: “Si alguno dijere que el bautismo [el sacramento] es libre, es decir, no necesario para la salvación, sea anatema.”Aquí hay una obvia contradicción. El falible Sto. Tomás dice que es posible obtener la salvación sin el Sacramento del Bautismo, mientras que el Concilio de Trento infalible define que EL SACRAMENTO ES NECESARIO PARA LA SALVACIÓN. ¿Y qué significa «necesario»? De acuerdo a Pt. III, C. 68, A. 2, Obj. 3 en la misma Summa Theologica del Santo dice: “ necesario es aquello sin lo cual una cosa no puede existir (Metaph. V)” Por tanto, «necesario» significa sin lo cual una cosa no puede existir. Por consiguiente, la salvación no puede – es imposible – sin el Sacramento del Bautismo (de fide, Concilio de Trento). Los católicos deben aceptar esta verdad y rechazar la opinión falible del Sto Tomás sobre el bautismo de deseo.La Iglesia ha enseñado que TODOS los que están en el Cielo, recibieron el bautismo de Cristo, incluyendo los mártires.El Papa Benedicto XII,Benedictus Deus, 1336, ex cátedra, sobre las almas que los justos que recibieron la visión beatifica: “Por esta constitución que ha de valer para siempre, por autoridad apostólica definimos que… los santos Apóstoles, MÁRITRES, confesores, vírgenes, y de los otros fieles muertos después de recibir el bautismo de Cristo, en los que no había nada que purgar… inmediatamente después de su muerte… estuvieron, ESTÁN y estarán en el cielo…”

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